UNIÓN DE JÓVENES DE SAGUIA EL HAMRA Y RÍO DE ORO

CONGRESO DEL MÁRTIR LEMBARKI HAMDI SALEK

DOCUMENTACIÓN DEL 6º CONGRESO

DAJLA 23-25/11/2005

 

 

 

 

BAJO EL LEMA "LUCHAMOS HASTA LA INDEPENDENCIA".

LEY BÁSICA

 

Apartado Nº 01: Fundamentos y principios generales

Capítulo Nº 01: Definición de la UJSARIO

Artículo 01: La Unión de Jóvenes de Saguia el Hamra y Río de Oro es una organización de masas no gubernamental, nacional, política y social. Es uno de los pilares del Frente POLISARIO y un cuadro  mediante el cual los jóvenes saharauis luchan para lograr los grandes objetivos nacionales de la liberación, la construcción y el progreso.Su denominación oficial es: Unión de Jóvenes de Saguia el Hamra y Río de Oro (UJSARIO).

-        La política y los objetivos de la Unión van en concordancia con la orientación general del Frente POLISARIO.

-        Aaiun, la capital ocupada es la sede de la UJSARIO.  Bir lehlu (zonas liberadas) es la sede provisional.

-        El emblema de la UJSARIO es: "Unión, Lucha, Libertad".

Artículo 02:  La revista "10 de mayo" es el órgano central de la UJSARIO. Es un espacio de movilización y sesibilización donde se publican las perespectivas y actividades de los jóvenes saharauis contribuyendo a crear un clima de comunicación entre ellos.

Capítulo Nº 2: Principios generales

Artículo 03: La UJSARIO trabaja conforme con los principios, los grandes objetivos y la herencia ideológica y cultural del movimiento de liberación nacional.

Artículo 04: La UJSARIO procura  que se respete el diálogo, la democracia y la libre expresión.

Artículo 05: La actividad de la UJSARIO se centra, en cuanto a la cooperación internacional, en:

-        Defender los derechos humanos.

-        Denunciar la violencia, favoreciendo la cultura de paz y tolerancia.

-        Luchar contra la desigualdad y la descriminación.

-        Participar en el desarrollo y apoyar la cooperación internacional.

Capítulo Nº 3: Criterios de membresía en la organización

Artículo 06: Pertenecer a la UJSARIO es un derecho de todos los saharauis entre los 15 y 45 años de edad.

Artículo 07: El Consejo Nacional de la UJSARIO tiene el derecho de admitir como miembro de honor a aquellos que prestaron grandes servicios para la organización.

Capítulo Nº 4: Derechos y deberes de los militantes

Artículo 08: Al militante de la UJSARIO se le deben los deberes siguientes:

-        Respetar la ley básica y el reglamento interno de la organización.

-        Concretizar los objetivos generales de la Unión, respetar sus valores y participar en la realización del programa de acción nacional.

-        Responder a las exigencias de la etapa de liberación nacional y estar dispuesto constantemente a cumplir sus tareas.

-        Respetar las mociones y decisiones de la organización.

-        Dejar en confidencialidad los secretos y los recursos de la organización.

Artículo 09: los militantes de la UJSARIO tienen el derecho a:

-        Votar y ser candidatos a las directivas de las diferentes instancias de la Unión conforme con la ley básica.

-        Reclamar la ejecución del programa de acción de la organización y la aplicación de sus leyes, sus decisiones y su orientaciones.

-        La libre expresión sobre la política general y la gestión de la organización.

-        Beneficiarse de todas las actividades organizadas por la UJSARIO conforme con los criterios preestablecidos.

Apartado Nº 2: Principios  organizativos    

Capítulo Nº 1: principios de gestión

Artículo 10: La gestión en la UJSARIO está regida por:

-        La colectividad en la gestión, y la individualidad en asumir la responsabilidad.

-        Las decisiones se toman ateniéndose al criterio de la mayoría absoluta.

-        Libertad en la discusión y compromiso en la ejecución.

-        Animar y ensanchar la participación y la igualdad de oportunidades para los jóvenes saharauis.

-        Adoptar el voto, en el proceso electoral, teniendo en consideración las disposiciones del artículo Nº 13 de esta misma ley.

-        La transparencia en la gestión adoptando la técnica de control e inspección.  

-        Las instancias inferiores están obligados a respetar y cumplir las decisiones y orientaciones de las instancias superiores a no ser contradictorias con los estatutos de ley básica, el reglamento interno, los valores y/o los objetivos de la organización.

Artículo 11: Las reuniones de diferentes instancias de la UJSARIO están regidas por las reglas siguientes:

-        A cada reunión se le debe un orden del día y una acta.

-        Es legal cada reunión que se celebra con la presencia de la mayoría simple de los miembros, así como la decisión que se toma en consecuencia.

Capítulo Nº 2: Las elecciones 

 Artículo 12: Todos los miembros de la UJSARIO tienen el derecho de presentar sus candidaturas en las diferentes instancias de la organización, teniendo en consideración los criterios determinados en el documento estatutario que organiza el proceso electoral.

Artículo 13: Presentar la candidatura a un puesto directivo de la UJSARIO se lleva a cabo   de las siguientes maneras:

-        La instancia presenta sus candidatos para tal puesto, con previo consentimiento expreso de los interesados.

-        Presentar el expediente de la candidatura, antes de la constitución del comité electoral.

-        Abrir una lista para los candidatos condicionada a la aprobación de 100 votos para el puesto de Secretario General  y 50 para  el Buró Ejecutivo.

Artículo 14: El proceso de votación se desarrolla mediante la lista abierta y las urnas.

Artículo 15: Se constituye, en cada conferencia regional o local, un comité de 5 personas para la supervisión del proceso electoral.

Artículo 16: Se propone a los congresistas un comité electoral de 11 personas para ser sometido a votación prosperándose la propuesta en caso de alcanzar la mayoría simple.

Artículo 17: El comité electoral elige a su presidente entre sus miembros, elabora su reglamento interno y   propone a los congresistas la aprobación del mismo. Además, supervisa el proceso electoral, escruta los votos y anuncia los resultados.

Artículo 18: Se eximen de presentar  candidatura al puesto de Secretario General  a:

-        Los miembros del Secretariado Nacional del Frente POLISARIO.

-        Los presidentes de los Consejos Populares Locales (alcaldes).

-        Los miembros del gobierno.

-        Los miembros del Estado Mayor del ejército (ELPS).

Artículo 19: Se considera ganador en cualquier proceso electoral quien haya obtenido la mayoría absoluta de los votos válidos.

Artículo 20: En caso de que ningún candidato alcance dicha mayoría, se recurrira a una segunda vuelta en la que tomará parte el doble de la cantidad requerida para la primera vuelta  . El ganador es quien alcance la mayoría de los votos.

Artículo 21: en caso de igualdad de votos entre los dos candidatos se realiza una tercera vuelta cuya  ganador será quien alcance la mayoría de los votos.

Artículo 22: el comité electoral entrega los resultados del proceso electoral entero al Secretario General  elegido para la eventual consulta posterior.

Capítulo Nº 3: la estructura 

Artículo 23: la estructura de la UJSARIO se rige por las reglas siguientes:

-        La flexibilidad adecuada en  el trabajo con jóvenes y estudiantes y sus diferentes características y exigencias.

-        La complementariedad entre todas las instancias de la organización.

-        El control.

Artículo 24: las instancias y estructuras nacionales de la UJSARIO son:

-        El congreso.

-        El Secretario General .

-        El Consejo Nacional.

-        El Buró Ejecutivo.

-        La Unión de Estudiantes de Saguia El Hamra y río de Oro (UESARIO).

-        La Organización de Exploradores Saharauis.

-        La Organización de la Mujer Joven.

Artículo 25: las instancias y estructuras básicas de la UJSARIO son:

-        El Buró Ejecutivo Regional.

-        El Buró Ejecutivo Local.

-        Los Burós Ejecutivos de las instituciones y las centrales.

Apartado Nº 3: instancias y estructuras

Capítulo Nº1: instancias y estructuras nacionales

Sección Nº 1: el congreso

Artículo 26: el congreso es la máxima instancia de la UJSARIO.   goza de todas las autoridades y competencias en conformidad con la ley.

Artículo 27: se celebra el congreso cada 4 años.

-        La duración del congreso es de 3 días prorrogable, por la presidencia del congreso, a un plazo máximo de 24 horas  .

Artículo 28: los congresos extraordinarios se celebran a petición de dos tercios de los miembros del Consejo Nacional, o del Secretario General .

Artículo 29: Participan en el congreso:

-        Los miembros del Consejo Nacional.

-        Los miembros de los Burós Ejecutivos Regionales de la UJSARIO.

-        Los miembros de los Burós Ejecutivos Locales de la UJSARIO.

-        Los ex Secretarios Generales de la UJSARIO.

-        Delegados electos en las conferencias preparatorias (Dairas, estudiantes, Instituciones, Ministerios, Ejército, diaspora).

Se tiene en consideración, al seleccionar los congresistas, el equilibrio entre los participantes en calidad de sus cargos y los electos.

Artículo 30: El Secretario General , en consultas con el Consejo Nacional, convoca a los invitados. El porcentaje de invitados no debe pasar del 5 % del total de los congresistas.

-        Los invitados no tienen el derecho de votar en el proceso electoral de las directivas de la organización.

Artículo 31: La preparación política del congreso pasa obligatoriamente por las etapas siguientes:

1.   Se reune el Consejo Nacional, tres meses antes de la fecha preestablecida para seleccionar el comité preparativo del congreso, para formar un grupo de trabajo de sus miembros. El grupo elabora un documento evaluativo para el trabajo de la organización durante el mandato que separa los dos congresos.

2.   Tres meses antes de la fecha establecida para la celebración del congreso, el consejo nacional, y a propuesta del Secretario General , nombra a los miembros del comité preparativo que han de ser 25.

- El comité preparativo lo dirige un  presidente electo entre  sus miembros.

-        El comité de trabajo entrega al comité preparativo, en su primera reunión, el documento evaluativo para la consulta y análisis.

-        El comité preparativo se encarga de las preparaciones políticas, jurídicas y logísticas para la celebración exitosa del congreso.Finaliza su misión con la elección de la presidencia del congreso.

  Artículo 32: El Secretario General  preside la ceremonia de apertura, y propone un Buró de 7 miembros para dirigir las sesiones del congreso.

Artículo 33: Los congresistas aprueban dicho Buró con la mayoría simple alzando los manos.

-        En caso de que no se alcance la mayoría simple, se abre la lista para elegir a los miembros del Buró.

Artículo 34: El congreso aprueba el orden del día y el reglamento interno.

-        Se procede a las intervenciones de las delegaciones nacionales y extranjeras.

Artículo 35: La presidencia del congreso nombra al portavoz del congreso y los talleres de trabajo. Además, recibe las cartas y mensajes enviados al congreso.

Artículo 36: El congreso recibe los dos informes; moral y material de la organización, que se aprueban luego de haber sido discutidos por los congresistas.

Artículo 37: El congreso aprueba las resoluciones, decisiones y deliberaciones de los talleres con la mayoría simple.

Artículo 38: se adoptan en el congreso:

-        Un programa de acción.

-        Una ley básica.

-        Cartas y recomendaciones.

-        Dirección electa.

-        Declaración final.

Sección Nº 2: Secretario General   

Artículo 39: El Secretario General  concretiza la unidad de la organización. Es  el portavoz de la UJSARIO.

-        Se elige directamente en el congreso para dos mandatos como máximo.

Artículo 40: Las tareas del Secretario General  son las siguientes:

1.   Preside el Buró Ejecutivo y el Consejo Nacional de la organización y representa a la UJSARIO al firmar los acuerdos oficiales.

2.    Dirige la organización en colaboración con las instancias directivas y básicas de la unión.

3.   Se encarga de la cooperación  y la coordinación entre las diferentes instancias de la propia organización y con las otras entidades nacionales.

4.   Designa las tareas de los miembros del Buró Ejecutivo.

5.   Convoca, opcionalmente, la reunión de la comisión de control.

Artículo 41: Conforme con el artículo 71 de la ley básica publicada por el undécimo congreso del Frente Polisario, el candidato al puesto de Secretario General  ha de cumplir los criterios siguientes:

-        Nacionalidad saharaui.

-        No se le consten antecedantes penales.

-        Experiencia revolucionaria de 10 años como mínimo.

Artículo 42: En caso de que se queda, difinitivamente, vacante el puesto del Secretario General , se reune el Buró Ejecutivo para designar, entre sus miembros, un nuevo secretario provisional hasta que se celebre, extraordinariamente, el congreso tres meses después de la nueva designación.

Artículo 43: El congreso extraordinario aborda únicamente aquellos asuntos para los cuales se ha convocado su celebración

 

Sección Nº 3: El Consejo Nacional

 

Artículo 44: El Consejo Nacional es la instancia suprema de la UJSARIO en el mandato que separa cada dos congresos.

Artículo 45: Se compone de 29 personas distribuidos de la siguiente manera

-        El Secretario General .

-        Miembros del Buró Ejecutivo.

-        Cuatro encargados del expediente del ejército (ELPS).

-        Presidentes de los Burós Ejecutivos Regionales de la UJSARIO.

-        Un delegado electo de cada sección (política, económica y social) de las centrales.

-        Dos delegados de las zonas ocupadas.

-        Dos delegados de la diáspora.

-        Un delegado electo de cada una de las tres escuelas nacionales 9 de junio, 12 de octubre y 27 de febrero.

Artículo 46: Se reune el consejo en sesión ordinaria semesterialmente. Se reune extraordinariamente con la solicitud del Secretario General  o de dos tercios de sus miembros.

Artículo 47: Las tareas del Consejo Nacional son:

-        Aprobar los expedientes fundamentales de la organización a ambos niveles; nacional y básico, teniendo en consideración la propuesta del Secretario General . Elaborar y aprobar el reglamento interno en su primera sesión de trabajo después del congreso.

-        Concretizar las orientaciones de la organización elaborando un programa detallado en conformidad con el programa de acción de la UJSARIO aprobado por el congreso.

-        Patrocinar las conferencias anuales de La organización, las conferencias de renovación de las estructuras, los seminarios y los talleres de trabajo que organiza la UJSARIO.

-        Controlar y evaluar el trabajo del Buró Ejecutivo.

-        Desactivar la membresía de quien altera, de sus miembros, el orden y la ley básica de la Organización conforme con lo que dicta el reglamento interno.

-        Elegir, de entre sus miembros, un comité de control y disciplina de cuatro personas, presidido por el representante de la UJSARIO en el Consejo Nacional Saharaui (Parlamento).

-        Participar en los talleres de trabajo y estudios para  profundizar la experiencia de la Organización.

-        Se representa en el Consejo Nacional (Parlamento) por uno, electo, de sus miembros que no debe ser miembro del Buró Ejecutivo.

-        Enviar, si es necesario, cartas y memorándos a la alta dirección del Frente POLISARIO.

Artículo 48:   ocupa el puesto vacante en el Consejo Nacional   el candidato que ganó más votos en la lista de candidatos en el congreso o en las conferencias regionales.

Sección Nº 4: El Buró Ejecutivo

 Artículo 49: El Buró Ejecutivo es una instancia ejecutiva del Consejo Nacional, y ante el cual es responsable. Se compone de 11 miembros entre los cuales tres mujeres como mínimo:

-        Secretario General  de la UJSARIO.

-        Secretario General  de la UESARIO.

-        Encargado de la organización de los exploradores.

-        Encargada de la organización de la mujer joven.

-        Los encargados de asuntos exteriores, información y cultura, administración y organización, formación y zonas ocupadas.

Artículo 50: Se elige el Buró Ejecutivo directamente en el congreso teniendo en consideración lo estipulado en los artículos 39 y 51.

Artículo 51: Se consideran, automaticamente, miembros del Buró Ejecutivo el Secretario General  de la UESARIO y el encargado de la organización de los exploradores después de haber sido electos en sus respectivas conferencias.

Artículo 52: Las tareas del Buró Ejecutivo son:

-        Se reune mensualmente, o por solicitud del Secretario General  de la UJSARIO. Puede invitar a cualquier miembro del Consejo Nacional a asistir a sus reuniones.

-          Ejecutar las decisiones del Consejo Nacional y seguir las diferentes actividades de la Organización en el mandato que separa los dos congresos.

-          Dirigir las entidades y orientar la explotación de los recursos de la organización.

-        Crear, por solicitud  del comité de control, comisiones de seguimiento e inspección en ciertos asuntos.

-        Se reune sistematicamente con los secretarios regionales de la UJSARIO cada trimestre.

Capítulo Nº 2: instancias básica de la UJSARIO

Sección Nº 1: Buró Ejecutivo Regional

Artículo 53: el Buró Ejecutivo Regional es la máxima instancia a nivel regional. Se encarga de la orientación,   supervisión general,   seguimiento y   coordinación con las autoridades regionales y la central de la UJSARIO. Se le concede la misión de ejecutar las decisiones y orientaciones de las directivas de la organización.

Artículo 54: lo  preside un secretario regional electo en la conferencia regional de renovación de las estructuras. Se compone de:

-        Un secretario regional electo en la conferencia regional de renovación de las estructuras de la UJSARIO.

-        Presidentes de los Burós Ejecutivos Locales.

-        Los encargados de departamentos al nivel regional.

Sección Nº 2: Buró Ejecutivo local

Artículo 55: es la instancia directiva a nivel local. Se compone de 16 miembros distribuidos de la siguiente forma:

-        Secretario local electo a nivel de la Daira (municipio).

-        Secretarias de barrios (comarcas) designadas por la secretaria.

-        Encargados de los departamentos (exploradores, mujer joven) designados por el secretario local en coordinación con las autoridades de la Daira.

-        Equipo de auxiliares de administración y animación. Debe componerse de 8 miembros como mínimo.

Artículo 56: el Buró Ejecutivo local lo preside  un secretario electo en la conferencia de renovación de las estructuras de la UJSARIO. Dicho secretario es, automáticamente, miembro del Buró Ejecutivo Regional.

Artículo 57: Se le concede la misión de ejecutar las decisiones y orientaciones del Buró Ejecutivo Regional.

Artículo 58: se adjuntan a la secretaria  del barrio (comarca) una encargada de la mujer joven y un encargado de los exploradores.

Artículo 59: la estructura del Buró Ejecutivo Local consiste en equipos de trabajo que reparten las tareas  establecidas en el reglamento interno de la organización.

-        El grupo de trabajo es un marco que concretiza el programa de la organización, reporta las preocupaciones de la base juvenil y anima  la participación en todas las actividades de la organización promoviendo el papel de los jóvenes en la sociedad.

Capítulo Nº 3: conferencias de la UJSARIO

Sección Nº 1: la conferencia anual de la UJSARIO

Artículo 60: la conferencia anual de la UJSARIO es el encuentro de las secciones juveniles con la dirección de los exploradores para evaluar y orientar el trabajo de la Unión. Se celebra cada año, en cuatro días como máximo, para discutir el informe presentado por el Secretario General  quien dirige sus sesiones y propone su Buró.

Artículo 61: los participantes en dicha conferencia son:

-        Miembros del Consejo Nacional de la UJSARIO.

-        Secretarios de la UJSARIO en las centrales e instituciones nacionales.

-        Secretarios de los Burós Ejecutivos Locales.

-        Dirigentes de la organización de los exploradores.

-        Dirigentes de la organización de la mujer joven.

-         Jóvenes delegados del ejercito (ELPS).

-        Jóvenes delegados de la diáspora.

Sección Nº 2: conferencias de renovación de las estructuras

Artículo 62: se celebran las conferencias de las secciones de la UJSARIO a ambos niveles, regional y local cada dos años, teniendo en consideración la particularidad de la UESARIO y las organizaciones de exploradores y mujer joven.

-        La conferencia recibe y discute el informe del Buró Ejecutivo.

-        Las conferencias eligen al miembro del Consejo Nacional de la UJSARIO a nivel regional.

-        La conferencia revisa el reglamento interno de la organización.

-        La conferencia elige al secretario del Buró Ejecutivo a nivel de la Daira, la institución nacional o la escuela regional.

-        La conferencia evalua la estructura y el funcionamiento de la organización.

Apartado Nº 4: disposiciones generales

Artículo 63: el proceso de renovar las estructura se efectua en un plazo de 60 a 90 días después de la celebración del congreso ordinario.

Artículo 64: la asunción de cargos se efectua entre la ex y la nueva dirección, en un plazo de dos semanas como máximo a partir de la fecha de su elección.

Artículo 65: se considera el puesto vacante en los casos de:

-        Fallecimiento.

-        Discapacidad o enfermedad orgánica o mental crónica que paraliza las actividades.

Artículo 66: hasta que no se efectúe el traspaso de poderes, los miembros del Buró Ejecutivo seguirán ejerciendo sus tareas  .

Artículo 67: el reglamento interno precisa las medidas y disposiciones de disciplina de las diferentes estructuras de la UJSARIO.

Artículo 68: el comité de control y disciplina del Consejo Nacional de la Organización es la instancia central de control. Posee la competencia de controlar todos los cuadros e instacias de la UJSARIO.

-        Recibe los pleitos y solicitudes de los miembros e instancias de la UJSARIO.

-        Se encarga de la revisión semesteral de las cuentas bancarias de la organización, la comprobación de los gastos y la redacción de un informe sobre dicho proceso. Presenta un informe detallado al congreso.

-        Invita, si es necesario, a expertos para prestarle ayuda en su trabajo.

-        El reglamento interno precisa su trabajo y su reglamento interno.

Artículo 69: la fuente presupuestaria de la UJSARIO es las aportaciones y donaciones de sus miembros y de las instituciones nacionales e internacionales.

Artículo 70: realizar ajustes a la ley básica de la Organización es una competencia exclusiva del congreso.

 

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